PARECE QUE HAY NUEVAS MULTAS!!! ¿¿SABÍAS QUE LAS MULTAS DISMINUYERÓN??
LO NUEVO DE LA RND-10-0033-16
Las multas del Incumplimiento al Deber Formal (IDF) se disminuyo respecto a lo que dictaba el último régimen sancionatorio (RND-10-0032-15).
Por Ejemplo: La multa a la presentacion de un declaracion jurada fuera de plazo ahora es 50 UFV's, a comparacion de la anterior Resolucion que dictaba una multa de 150 UFV's.
A continuacion les dejo el Anexo RND-10-0033-16, opinen, comenten y consulten.
ANEXO I
|
|||
RÉGIMEN GENERAL
|
|||
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
1. RELACIONADOS CON EL REGISTRO
DE CONTRIBUYENTES
|
|||
1.1
|
No inscripción en el Registro de
Contribuyentes o inscripción o permanencia en un régimen distinto al que le
corresponde.
|
Clausura inmediata del establecimiento hasta que regularice su
inscripción.
|
|
1.2
|
No actualizar la información proporcionada en
el Registro de Contribuyentes.
|
150 UFV
|
300 UFV
|
1.3
|
No exhibir en lugar visible el documento de
“Exhibición NIT” con la leyenda "EMITE FACTURA”, en cada uno de sus
establecimientos (casa matriz o sucursales) o en las páginas web de empresas
que realizan comercio electrónico.
|
150 UFV
|
300 UFV
|
2. RELACIONADOS CON LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
|
|||
2.1
|
No presentar Declaraciones Juradas Originales
en el plazo establecido en normativa vigente.
|
50 UFV
|
100 UFV
|
3. RELACIONADOS CON EL REGISTRO
Y ENVÍO DE LA INFORMACIÓN OBLIGATORIA
|
|||
LIBROS DE COMPRAS Y VENTAS IVA
|
|||
3.1
|
No envío de Libros de Compras y Ventas IVA por
periodo fiscal o gestión anual según corresponda, conforme normativa
específica.
|
500 UFV
Se
podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información a los 20 días de
notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento
sancionador.
|
1.000 UFV
se
podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información a los 20 días de notificado con
el acto
administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
|
3.2
|
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA fuera
de plazo por periodo fiscal o gestión anual según corresponda, conforme
normativa específica.
|
100 UFV
|
200 UFV
|
3.3
|
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA
rectificados fuera de plazo por periodo fiscal o gestión anual según
corresponda, conforme normativa específica.
|
50 UFV
|
100 UFV
|
3.4
|
No tenencia del Libro de Ventas menores del
día, físico y/o no registro diario por
ventas menores a Bs5 (cinco 00/100 Bolivianos) conforme normativa específica.
|
100 UFV
|
200 UFV
|
BANCARIZACIÓN
|
INCUMPLIMIENTO
AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
3.5
|
No envío de la información
(Registro Auxiliar) a través del Módulo de Bancarización de acuerdo a
normativa específica vigente.
|
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
3.6
|
Envío de la información
(Registro Auxiliar) a través del Módulo Bancarización fuera de plazo,
conforme normativa específica.
|
150 UFV
|
300 UFV
|
3.7
|
Envío de la información (Registro Auxiliar) a través
del Módulo Bancarización rectificado fuera del plazo establecido en normativa
específica.
|
50 UFV
|
100 UFV
|
3.8
|
Envío de la información
(Registro Auxiliar) con errores de registro, a través del Módulo
Bancarización.
|
100 UFV
De 51 o mas
filas con errores
|
200 UFV
De 51 o mas
filas con errores
|
FORMULARIO
110 V.3. Y AGENTES DE RETENCIÓN
|
|||
3.9
|
No envío de la información
a través del Módulo RC-IVA, por periodo fiscal (Agentes de Retención).
|
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador
|
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador
|
3.10
|
Envío de
la información a través del Módulo RC-IVA fuera del plazo establecido en
normativa específica, por periodo fiscal (Agentes de Retención).
|
100 UFV
|
200 UFV
|
3.11
|
Envío de la información rectificada por corrección de errores o
inconsistencias, fuera del plazo establecido en normativa específica por
periodo fiscal, a través del módulo Agente de
Retención RC-IVA (Agentes
de Retención)
|
50 UFV
|
100 UFV
|
INCUMPLIMIENTO
AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
3.12
|
No envío
de la información a través del módulo Formulario Electrónico 110 v.3 FACILITO
para los sujetos pasivos obligados (Consultores y Profesionales
Independientes) a su envío, conforme normativa específica.
|
100 UFV
|
|
3.13
|
Envío de la información fuera del plazo establecido, a través del
módulo Formulario Electrónico 110 v.3 FACILITO para los sujetos pasivos
obligados (Consultores y Profesionales
Independientes) a su envío,
conforme normativa específica.
|
50 UFV
|
|
3.14
|
Envío de
la información rectificada por corrección de errores o inconsistencias, fuera
del plazo establecido en normativa específica, a través del módulo Formulario
Electrónico 110 v.3 FACILITO para los sujetos pasivos obligados (Consultores
y Profesionales Independientes) a su envío.
|
50 UFV
|
|
ESTADOS FINANCIEROS Y OTROS DEBERES FORMALES
|
|||
3.15
|
No envío de Estados
Financieros de forma digital (Formulario Electrónico 605).
|
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
3.16
|
Envío de
Estados Financieros en forma digital (Formulario Electrónico 605) fuera del
plazo establecido en normativa vigente.
|
100 UFV
|
200 UFV
|
3.17
|
No
presentar en forma física los Estados Financieros y/o Memoria Anual; Dictamen
de Auditoria Externa (cuando corresponda), Dictamen Tributario Complementario
(cuando corresponda), según normativa específica.
|
1.000 UFV
Se
podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
2.000 UFV
Se
podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador.
|
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
3.18
|
Presentar fuera de plazo en
forma física los Estados Financieros y/o Memoria Anual, Dictamen de Auditoria
Externa
(Cuando corresponda), Dictamen Tributario
Complementario (cuando corresponda), según normativa vigente.
|
200 UFV
|
400 UFV
|
3.19
|
No presentar la información
requerida en normativa específica referida a Asociaciones Accidentales
(empresa responsable).
|
5.000 UFV
|
|
3.20
|
Presentar la información
requerida en normativa específica referida a Asociaciones Accidentales
(empresa responsable), fuera del plazo establecido.
|
1.000 UFV
|
|
3.21
|
No llevar el registro de la
información diferenciada por contrato suscrito, referido a las Asociaciones
Accidentales conforme normativa específica.
|
2.000 UFV
|
|
3.22
|
No elaborar kardex de
inventario anual independiente por producto para su comercialización, que
cuente con autorización del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el
marco del resguardo de la Seguridad Alimentaria y Abastecimiento, conforme normativa
específica.
|
50 UFV
|
|
INFORMACIÓN
SOBRE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN
OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS
|
|||
3.23
|
No presentación del Estudio
de Precios de Transferencia – EPT en formato físico en los plazos
establecidos.
|
5.000 UFV
|
|
3.24
|
No envío del Estudio de
Precios de Transferencia – EPT en formato digital en los plazos establecidos.
|
5.000 UFV
|
|
3.25
|
Presentación del Estudio de
Precios de Transferencia – EPT en formato físico fuera de plazo.
|
2.500 UFV
|
|
3.26
|
Envío del Estudio de
Precios de Transferencia – EPT en formato digital fuera de plazo.
|
2.500 UFV
|
|
3.27
|
No envío del Formulario 601
Declaración Jurada Informativa de Operaciones con partes vinculadas en los
plazos establecidos.
|
5.000 UFV
|
|
3.28
|
Envío del Formulario 601
Declaración Jurada Informativa de Operaciones con partes vinculadas fuera de
plazo.
|
2.500 UFV
|
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
3.29
|
Presentación del Estudio de Precios de
Transferencia – EPT en formato físico con errores, con información incompleta
y/o sin cumplir las disposiciones establecidas en normativa específica.
|
2.500 UFV
|
|
3.30
|
Envío del Estudio de Precios de Transferencia
– EPT en formato digital con errores, con información incompleta y/o sin
cumplir las disposiciones establecidas en normativa específica.
|
2.500 UFV
|
|
3.31
|
Envío del Formulario 601 Declaración Jurada
Informativa de Operaciones con Partes Vinculadas con errores y/o información
incompleta o sin cumplir lo establecido en el instructivo de llenado de
acuerdo a norma específica.
|
2.500 UFV
|
|
4. RELACIONADOS CON EL DEBER DE INFORMACIÓN
|
|||
4.1
|
No entregar ninguna documentación e
información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución
de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación.
|
1.500 UFV
|
3.000 UFV
|
4.2
|
Entrega parcial de la información y
documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución
de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en
los plazos, formas y lugares establecidos.
|
500 UFV
|
1.000 UFV
|
4.3
|
Entrega de toda la información y documentación
requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de
procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación, hasta
quince (15) días fuera del plazo
establecido en las formas y lugares dispuestos en el requerimiento efectuado
por la Administracion Tributaria. Caso contrario se considerará como no
presentado.
|
300 UFV
|
600 UFV
|
4.4
|
No proporcionar mediante carta, información en
los plazos y forma requerida establecida en norma específica, para la
comercialización de alcohol hacia el mercado interno o externo en cisternas.
(Por cada camión cisterna)
|
500 UFV
|
1.000 UFV
|
5. RELACIONADOS CON AGENTES DE INFORMACION
|
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
5.1
|
No presentar información en la forma y lugares establecidos en
normativa específica para los agentes de información.
|
750 UFV
Se
podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador
|
1.500 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50%
si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el
procedimiento sancionador
|
5.2
|
Presentar información fuera del plazo
establecido en normativa específica
para los agentes de información.
|
100 UFV
|
200 UFV
|
6. RELACIONADOS CON MEDIOS DE CONTROL
FISCAL
|
|||
6.1
|
No enviar y/o no presentar Guías de Tránsito
que respalden el transporte de productos sujetos al Impuesto a los Consumos
Específicos – ICE, según normativa específica.
|
400 UFV
|
800 UFV
|
6.2
|
No registrar información veraz y fidedigna en
las Guías de Tránsito, conforme normativa específica.
|
150 UFV
|
300 UFV
|
6.3
|
No consignar en las etiquetas o envases unitarios
comercializados la Información General y
Específica de Interés Tributario, establecida en normativa específica de
productos gravados por el ICE (por producto y por fecha de producción).
|
De 1
hasta 500 unidades 500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta
5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
|
|
6.4
|
Venta o comercialización en el Mercado Interno
de productos gravados por el ICE, sin llevar impresa en sus etiquetas o
envases unitarios destinados al consumo final la leyenda "Mercado
Interno" (por periodo fiscal).
|
De 1
hasta 500 unidades 500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta
5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
|
|
6.5
|
Venta o comercialización en el Mercado Externo
de productos gravados por el ICE, sin llevar impresa en sus etiquetas o
envases unitarios destinados al consumo final la leyenda
"Exportación" (por periodo fiscal).
|
De 1
hasta 500 unidades 500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta
5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
|
|
7. RELACIONADOS CON FACTURAS, NOTAS FISCALES O DOCUMENTOS EQUIVALENTES
|
|||
7.1
|
No emisión oportuna de facturas, notas
fiscales o documentos equivalentes por montos iguales o superiores a Bs5
(cinco), por importes inferiores cuando lo solicite el comprador (importes
inferiores a Bs5) o no emisión de la factura resumen por "Ventas Menores
del Día"
|
Clausura del establecimiento donde se cometió la contravención de
acuerdo a los Artículos 164 y 170 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano
|
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
7.2
|
Impresión de facturas o notas fiscales por
imprentas autorizadas, con datos distintos a los proporcionados por el SIN en
el reporte de asignación o incumpliendo los aspectos técnicos, para las
modalidades de Facturación Manual y
Prevalorada, establecidos en normativa específica (Por Dosificación).
|
200 UFV
|
400 UFV
|
7.3
|
No activar la dosificación por parte de la
imprenta autorizada a momento de la entrega de las facturas o notas fiscales
(Por dosificación)
|
100 UFV
|
200 UFV
|
7.4
|
Emisión de facturas o notas fiscales fuera de
la fecha límite de emisión en dosificaciones por cantidad o por tiempo (Por
dosificación).
|
De 51 a 100 facturas 50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV,
De 10.001
facturas en adelante 500 UFV
|
|
7.5
|
Emisión de facturas o notas fiscales con uno o
más errores por factura o incumpliendo aspectos técnicos establecidos en
normativa específica, excepto emisión fuera de la fecha límite de emisión.
(Por periodo fiscal).
|
De 51 a 100 facturas 50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV,
De 10.001
facturas en adelante 500 UFV
|
|
7.6
|
No
Dosificar por actividad cuando el contribuyente tiene registrado en el
Registro de Contribuyentes tres (3) o más actividades económicas y/o
característica especial de facturación
(por dosificación).
|
50 UFV
|
100 UFV
|
7.7
|
Emisión de facturas en una modalidad de
facturación diferente a la que se encuentre obligado según la normativa
específica. (Por periodo fiscal).
|
500 UFV
|
1.000 UFV
|
7.8
|
No reportar en el SFV hasta la fecha de
vencimiento del IVA la inactivación de facturas por anulación, en las
modalidades de oficina virtual, electrónica web o electrónica por ciclos (por periodo fiscal).
|
50 UFV
|
100 UFV
|
7.9
|
No tener el talonario de facturas o notas
fiscales vigente en el establecimiento.
|
1.000 UFV
|
2.000 UFV
|
7.10
|
No tener la Resolución Administrativa de Autorización de Dosificación de Facturas
para efectuar Espectáculos Públicos eventuales organizados por terceros, de
acuerdo a normativa específica.
|
2.000 UFV
|
4.000 UFV
|
8. RELACIONADOS A LA COMPRA Y VENTA DE MONEDA EXTRANJERA
|
|||
8.1
|
No emitir factura sin derecho a crédito fiscal
por la compra y venta de moneda extranjera.
|
200 UFV
|
200 UFV
|
INCUMPLIMIENTO
AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
|||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
|||
8.2
|
Impresión de facturas sin derecho a crédito
fiscal por la compra y venta de moneda extranjera por imprentas autorizadas,
con datos distintos a los proporcionados por el SIN en el reporte de
asignación o incumpliendo los aspectos técnicos, para la modalidad de
Facturación Manual, establecidos en
normativa específica (Por Dosificación).
|
200 UFV
|
400 UFV
|
|
8.3
|
No activar la dosificación por parte de la
imprenta autorizada a momento de la entrega de las facturas sin derecho a
crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera (Por dosificación).
|
100 UFV
|
200 UFV
|
|
8.4
|
Emisión de facturas sin derecho a crédito
fiscal por la compra y venta de moneda extranjera, fuera de la fecha límite
de emisión en dosificaciones por cantidad o por tiempo (Por dosificación).
|
De 51 a 100 facturas 50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV,
De 10.001
facturas en adelante 500 UFV
|
||
8.5
|
Emisión de facturas sin derecho a crédito
fiscal por la compra y venta de moneda extranjera, con uno o más errores por
factura o incumpliendo aspectos técnicos establecidos en normativa
específica, excepto emisión fuera de la fecha límite de emisión. (Por periodo
fiscal).
|
De 51 a 100 facturas 50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV,
De 10.001
facturas en adelante 500 UFV
|
||
8.6
|
No tener el talonario de
facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda
extranjera, vigente en la Casa de
Cambio o Entidad Financiera.
|
1.000 UFV
|
2.000 UFV
|
|
8.7
|
No registrar y/o no tener registro auxiliar de
las operaciones de compra y venta de moneda extranjera.
|
500 UFV
|
1.000 UFV
|
|
9
|
RELACIONADOS
A OPERATIVOS DE CONTROL
|
|||
9.1
|
No devolver el importe de la transacción por
la venta de bienes o la prestación de servicios, conforme a procedimiento de
compras de control.
|
2.500 UFV
|
5.000 UFV
|
|
ANEXO II
|
||||
REGÍMENES ESPECIALES
|
||||
1
|
INCUMPLIMIENTO
DE DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO
|
|||
1.1
|
No inscripción en el Régimen Tributario que le
corresponde.
|
Clausura del
establecimiento hasta que regularice su inscripción
|
||
1.2
|
Inscripción en una categoría diferente a la
que le corresponde.
|
50 UFV
|
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
1.3
|
No exhibir en lugar visible el documento de
“Exhibición NIT” con la leyenda "NO EMITE FACTURA” .
|
50 UFV
|
|
1.4
|
No actualizar la
información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
|
50 UFV
|
|
1.5
|
No entregar documentación e
información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución
de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en
los plazos, formas y lugares establecidos.
|
200 UFV
|
|
1.6
|
Entrega parcial de la
información y documentación requerida por la Administración Tributaria
durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación,
control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
|
100 UFV
|
|
2
|
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL SISTEMA
TRIBUTARIO INTEGRADO
|
||
2.1
|
No inscripción en el
Régimen Tributario que le corresponde.
|
Clausura hasta que regularice su inscripción
|
|
2.2
|
Inscripción en una
categoría diferente a la que le corresponde.
|
50 UFV
|
|
2.3
|
No actualizar la
información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
|
50 UFV
|
|
2.4
|
No presentar el formulario
de liquidación y pago en la forma, plazos, lugares y condiciones establecidas
en normas emitidas para el efecto.
|
50 UFV
|
|
2.5
|
No entregar documentación e
información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución
de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en
los plazos, formas y lugares establecidos.
|
200 UFV
|
|
2.6
|
Entrega parcial de la
información y documentación requerida por la Administración Tributaria
durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación,
control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
|
100 UFV
|
INCUMPLIMIENTO
AL DEBER FORMAL
|
IMPORTE DE LA SANCIÓN
|
||
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
|
PERSONAS JURÍDICAS
|
||
3
|
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES DE
CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO
|
||
3.1
|
No inscripción en el
Régimen Tributario que le corresponde.
|
Clausura hasta que regularice su inscripción
|
|
3.2
|
No exhibir en lugar visible el documento de
“Exhibición NIT” con la leyenda "NO EMITE FACTURA” .
|
200 UFV
|
|
3.3
|
No tener el último
formulario de liquidación y pago, correspondiente al último vencimiento.
|
300 UFV
|
|
3.4
|
Obtener el certificado de
no imponibilidad fuera de plazo (cuando corresponda).
|
50 UFV
|
|
3.5
|
No actualizar la
información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
|
1.000 UFV
|
|
3.6
|
No entregar documentación e
información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución
de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en
los plazos, formas y lugares establecidos.
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1.500 UFV
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3.7
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Entrega parcial de la
información y documentación requerida por la Administración Tributaria
durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación,
control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
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1.000 UFV
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3.8
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No presentar el formulario
de liquidación y pago en la forma, plazos, lugares y condiciones establecidas
en normas emitidas para el efecto.
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50 UFV
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