viernes, 2 de diciembre de 2016

¡¡PARECE QUE HAY NUEVAS MULTAS!!


PARECE QUE HAY NUEVAS MULTAS!!! ¿¿SABÍAS QUE LAS MULTAS DISMINUYERÓN??

LO NUEVO DE LA RND-10-0033-16

Las multas del Incumplimiento al Deber Formal (IDF) se disminuyo respecto a lo que dictaba el último régimen sancionatorio (RND-10-0032-15).
Por Ejemplo: La multa a la presentacion de un declaracion jurada fuera de plazo ahora es 50 UFV's, a comparacion de la anterior Resolucion que dictaba una multa de 150 UFV's.
A continuacion les dejo el Anexo RND-10-0033-16, opinen, comenten y consulten.

ANEXO I
RÉGIMEN GENERAL
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
1.  RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE CONTRIBUYENTES
1.1
No inscripción en el Registro de Contribuyentes o inscripción o permanencia en un régimen distinto al que le corresponde.
Clausura inmediata del establecimiento hasta que regularice su inscripción.
1.2
No actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
150 UFV
300 UFV
1.3
No exhibir en lugar visible el documento de “Exhibición NIT” con la leyenda "EMITE FACTURA”, en cada uno de sus establecimientos (casa matriz o sucursales) o en las páginas web de empresas que realizan comercio electrónico.
150 UFV
300 UFV
2. RELACIONADOS CON LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
 2.1
No presentar Declaraciones Juradas Originales en el plazo establecido en normativa vigente.
50 UFV
100 UFV
3. RELACIONADOS CON  EL REGISTRO Y ENVÍO DE LA INFORMACIÓN OBLIGATORIA
LIBROS DE COMPRAS Y VENTAS IVA
3.1
No envío de Libros de Compras y Ventas IVA por periodo fiscal o gestión anual según corresponda, conforme normativa específica.
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información a los 20 días de
notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
1.000 UFV
 se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información a los 20 días de notificado con el acto
administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
3.2
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA fuera de plazo por periodo fiscal o gestión anual según corresponda, conforme normativa específica.
100 UFV
200 UFV
3.3
Envío de Libros de Compras y Ventas IVA rectificados fuera de plazo por periodo fiscal o gestión anual según corresponda, conforme normativa específica.
50 UFV
100 UFV
3.4
No tenencia del Libro de Ventas menores del día,  físico y/o no registro diario por ventas menores a Bs5 (cinco 00/100 Bolivianos) conforme normativa específica.
100 UFV
200 UFV
BANCARIZACIÓN

INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
3.5
No envío de la información (Registro Auxiliar) a través del Módulo de Bancarización de acuerdo a normativa específica vigente.
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
3.6
Envío de la información (Registro Auxiliar) a través del Módulo Bancarización fuera de plazo, conforme normativa específica.
150 UFV
300 UFV
3.7
Envío de  la información (Registro Auxiliar) a través del Módulo Bancarización rectificado fuera del plazo establecido en normativa específica.
50 UFV
100 UFV
3.8
Envío de la información (Registro Auxiliar) con errores de registro, a través del Módulo Bancarización.
100 UFV
De 51 o mas filas con errores
200 UFV
De 51 o mas filas con errores

FORMULARIO 110 V.3. Y AGENTES DE RETENCIÓN
3.9
No envío de la información a través del Módulo RC-IVA, por periodo fiscal (Agentes de Retención).
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador
3.10
Envío de la información a través del Módulo RC-IVA fuera del plazo establecido en normativa específica, por periodo fiscal (Agentes de Retención).
100 UFV
200 UFV
3.11
Envío de la información rectificada por corrección de errores o inconsistencias, fuera del plazo establecido en normativa específica por periodo fiscal, a través del módulo Agente de
Retención RC-IVA (Agentes de Retención) 
50 UFV
100 UFV

INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
3.12
No envío de la información a través del módulo Formulario Electrónico 110 v.3 FACILITO para los sujetos pasivos obligados (Consultores y Profesionales Independientes) a su envío, conforme normativa específica.
100 UFV

3.13
Envío de la información fuera del plazo establecido, a través del módulo Formulario Electrónico 110 v.3 FACILITO para los sujetos pasivos obligados (Consultores y Profesionales
Independientes) a su envío, conforme normativa específica.
50 UFV

3.14
Envío de la información rectificada por corrección de errores o inconsistencias, fuera del plazo establecido en normativa específica, a través del módulo Formulario Electrónico 110 v.3 FACILITO para los sujetos pasivos obligados (Consultores y Profesionales Independientes) a su envío.
50 UFV


ESTADOS FINANCIEROS Y OTROS DEBERES FORMALES
3.15
No envío de Estados Financieros de forma digital (Formulario Electrónico 605).
500 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
3.16
Envío de Estados Financieros en forma digital (Formulario Electrónico 605) fuera del plazo establecido en normativa vigente.
100 UFV
200 UFV
3.17
No presentar en forma física los Estados Financieros y/o Memoria Anual; Dictamen de Auditoria Externa (cuando corresponda), Dictamen Tributario Complementario (cuando corresponda), según normativa específica.
1.000 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
2.000 UFV
 Se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador.
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
3.18
Presentar fuera de plazo en forma física los Estados Financieros y/o Memoria Anual, Dictamen de Auditoria Externa
(Cuando corresponda), Dictamen Tributario Complementario (cuando corresponda), según normativa vigente.
200 UFV
400 UFV
3.19
No presentar la información requerida en normativa específica referida a Asociaciones Accidentales (empresa responsable).
5.000 UFV
3.20
Presentar la información requerida en normativa específica referida a Asociaciones Accidentales (empresa responsable), fuera del plazo establecido.
 1.000 UFV
3.21
No llevar el registro de la información diferenciada por contrato suscrito, referido a las Asociaciones Accidentales conforme normativa específica.
2.000 UFV
3.22
No elaborar kardex de inventario anual independiente por producto para su comercialización, que cuente con autorización del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el marco del resguardo de la Seguridad Alimentaria  y Abastecimiento, conforme normativa específica.

50 UFV

INFORMACIÓN SOBRE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN
OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS
3.23
No presentación del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato físico en los plazos establecidos.
5.000 UFV
3.24
No envío del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato digital en los plazos establecidos.
5.000 UFV
3.25
Presentación del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato físico fuera de plazo.
2.500 UFV
3.26
Envío del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato digital fuera de plazo.
2.500 UFV
3.27
No envío del Formulario 601 Declaración Jurada Informativa de Operaciones con partes vinculadas en los plazos establecidos.
5.000 UFV
3.28
Envío del Formulario 601 Declaración Jurada Informativa de Operaciones con partes vinculadas fuera de plazo.
2.500 UFV
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
3.29
Presentación del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato físico con errores, con información incompleta y/o sin cumplir las disposiciones establecidas en normativa específica.
2.500 UFV
3.30
Envío del Estudio de Precios de Transferencia – EPT en formato digital con errores, con información incompleta y/o sin cumplir las disposiciones establecidas en normativa específica.
2.500 UFV
3.31
Envío del Formulario 601 Declaración Jurada Informativa de Operaciones con Partes Vinculadas con errores y/o información incompleta o sin cumplir lo establecido en el instructivo de llenado de acuerdo a norma específica.
2.500 UFV
4. RELACIONADOS CON EL DEBER DE INFORMACIÓN
4.1
No entregar ninguna documentación e información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación.
1.500 UFV
3.000 UFV
4.2
Entrega parcial de la información y documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas y lugares establecidos.
500 UFV
1.000 UFV
4.3
Entrega de toda la información y documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación, hasta quince (15)  días fuera del plazo establecido en las formas y lugares dispuestos en el requerimiento efectuado por la Administracion Tributaria. Caso contrario se considerará como no presentado.
300 UFV
600 UFV
4.4
No proporcionar mediante carta, información en los plazos y forma requerida establecida en norma específica, para la comercialización de alcohol hacia el mercado interno o externo en cisternas. (Por cada camión cisterna)
500 UFV
1.000 UFV
5. RELACIONADOS CON AGENTES DE INFORMACION
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
5.1
No presentar información  en la forma y lugares establecidos en normativa específica para los agentes de información. 
750 UFV
Se podrá reducir la multa en el 50% si el contribuyente presenta la
información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador
1.500 UFV
Se podrá reducir la multa en el
50% si el contribuyente presenta la información hasta los 20 días
siguientes de notificado con el acto administrativo que inicia el procedimiento sancionador
5.2
Presentar información fuera del plazo establecido en normativa específica  para los agentes de información.
100 UFV
200 UFV
 6.         RELACIONADOS CON MEDIOS DE CONTROL FISCAL
6.1
No enviar y/o no presentar Guías de Tránsito que respalden el transporte de productos sujetos al Impuesto a los Consumos Específicos – ICE, según normativa específica.
400 UFV
800 UFV
6.2
No registrar información veraz y fidedigna en las Guías de Tránsito, conforme normativa específica.
150 UFV
300 UFV
6.3
No consignar en las etiquetas o envases unitarios
comercializados la Información General y Específica de Interés Tributario, establecida en normativa específica de productos gravados por el ICE (por producto y por fecha de producción).
De 1  hasta 500 unidades  500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta 5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
6.4
Venta o comercialización en el Mercado Interno de productos gravados por el ICE, sin llevar impresa en sus etiquetas o envases unitarios destinados al consumo final la leyenda "Mercado Interno" (por periodo fiscal).
De 1  hasta 500 unidades  500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta 5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
6.5
Venta o comercialización en el Mercado Externo de productos gravados por el ICE, sin llevar impresa en sus etiquetas o envases unitarios destinados al consumo final la leyenda "Exportación" (por periodo fiscal).
De 1  hasta 500 unidades  500 UFV,
De 501 hasta 2.000 unidades 1.500 UFV,
De 2.001 hasta 5.000 unidades 2.500 UFV, De 5.001 en adelante 5.000 UFV
7. RELACIONADOS CON FACTURAS, NOTAS FISCALES O DOCUMENTOS EQUIVALENTES
7.1
No emisión oportuna de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes por montos iguales o superiores a Bs5 (cinco), por importes inferiores cuando lo solicite el comprador (importes inferiores a Bs5) o no emisión de la factura resumen por "Ventas Menores del Día"
Clausura del establecimiento donde se cometió la contravención de acuerdo a los Artículos 164 y 170 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
7.2
Impresión de facturas o notas fiscales por imprentas autorizadas, con datos distintos a los proporcionados por el SIN en el reporte de asignación o incumpliendo los aspectos técnicos, para las modalidades de Facturación  Manual y Prevalorada, establecidos en normativa específica (Por Dosificación).
200 UFV
400 UFV
7.3
No activar la dosificación por parte de la imprenta autorizada a momento de la entrega de las facturas o notas fiscales (Por dosificación)
100 UFV
200 UFV
7.4
Emisión de facturas o notas fiscales fuera de la fecha límite de emisión en dosificaciones por cantidad o por tiempo (Por dosificación).
De 51 a 100 facturas  50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas  300 UFV,
De 10.001 facturas  en adelante 500 UFV
7.5
Emisión de facturas o notas fiscales con uno o más errores por factura o incumpliendo aspectos técnicos establecidos en normativa específica, excepto emisión fuera de la fecha límite de emisión. (Por periodo fiscal).
De 51 a 100 facturas  50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas  300 UFV,
De 10.001 facturas  en adelante 500 UFV
7.6
No Dosificar por actividad cuando el contribuyente tiene registrado en el Registro de Contribuyentes tres (3) o más actividades económicas y/o característica especial de facturación  (por dosificación).
50 UFV
100 UFV
7.7
Emisión de facturas en una modalidad de facturación diferente a la que se encuentre obligado según la normativa específica.  (Por periodo fiscal).
500 UFV
1.000 UFV
7.8
No reportar en el SFV hasta la fecha de vencimiento del IVA la inactivación de facturas por anulación, en las modalidades de oficina virtual, electrónica web o electrónica por ciclos  (por periodo fiscal).
50 UFV
100 UFV
7.9
No tener el talonario de facturas o notas fiscales vigente en el establecimiento. 
1.000 UFV
2.000 UFV
7.10
No tener la Resolución Administrativa de  Autorización de Dosificación de Facturas para efectuar Espectáculos Públicos eventuales organizados por terceros, de acuerdo a normativa específica.
2.000 UFV
4.000 UFV
8. RELACIONADOS A LA COMPRA Y VENTA DE MONEDA EXTRANJERA
8.1
No emitir factura sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera.
200 UFV
200 UFV


INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS

8.2
Impresión de facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera por imprentas autorizadas, con datos distintos a los proporcionados por el SIN en el reporte de asignación o incumpliendo los aspectos técnicos, para la modalidad de Facturación  Manual, establecidos en normativa específica (Por Dosificación).
200 UFV
400 UFV

8.3
No activar la dosificación por parte de la imprenta autorizada a momento de la entrega de las facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera (Por dosificación).
100 UFV
200 UFV

8.4
Emisión de facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera, fuera de la fecha límite de emisión en dosificaciones por cantidad o por tiempo (Por dosificación).
De 51 a 100 facturas  50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas  300 UFV,
De 10.001 facturas  en adelante 500 UFV

8.5
Emisión de facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera, con uno o más errores por factura o incumpliendo aspectos técnicos establecidos en normativa específica, excepto emisión fuera de la fecha límite de emisión. (Por periodo fiscal).
De 51 a 100 facturas  50 UFV,
De 101 a 1.000 facturas 100 UFV,
De 1.001 a 10.000 facturas  300 UFV,
De 10.001 facturas  en adelante 500 UFV

8.6
No tener el talonario de facturas sin derecho a crédito fiscal por la compra y venta de moneda extranjera, vigente en la Casa de
Cambio o Entidad Financiera. 
1.000 UFV
2.000 UFV

8.7
No registrar y/o no tener registro auxiliar de las operaciones de compra y venta de moneda extranjera.
500 UFV
1.000 UFV
9

RELACIONADOS A OPERATIVOS DE CONTROL

9.1
No devolver el importe de la transacción por la venta de bienes o la prestación de servicios, conforme a procedimiento de compras de control.
2.500 UFV
5.000 UFV


ANEXO II


REGÍMENES ESPECIALES

1
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO

1.1
No inscripción en el Régimen Tributario que le corresponde.
Clausura del establecimiento hasta que regularice su inscripción

1.2
Inscripción en una categoría diferente a la que le corresponde.
50 UFV
INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
1.3
No exhibir en lugar visible el documento de “Exhibición NIT” con la leyenda "NO EMITE FACTURA” .
50 UFV
1.4
No actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
50 UFV
1.5
No entregar documentación e información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas y lugares establecidos.
200 UFV
1.6
Entrega parcial de la información y documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
100 UFV
2
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL SISTEMA TRIBUTARIO INTEGRADO
2.1
No inscripción en el Régimen Tributario que le corresponde.
 Clausura hasta que regularice su inscripción
2.2
Inscripción en una categoría diferente a la que le corresponde.
50 UFV
2.3
No actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
50 UFV
2.4
No presentar el formulario de liquidación y pago en la forma, plazos, lugares y condiciones establecidas en normas emitidas para el efecto. 
50 UFV
2.5
No entregar documentación e información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas y lugares establecidos.
200 UFV
2.6
Entrega parcial de la información y documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
100 UFV

INCUMPLIMIENTO AL DEBER FORMAL
IMPORTE DE LA SANCIÓN
PERSONAS NATURALES, EMPRESAS
UNIPERSONALES Y SUCESIONES INDIVISAS
PERSONAS JURÍDICAS
3
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES DE CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO
3.1
No inscripción en el Régimen Tributario que le corresponde.
 Clausura hasta que regularice su inscripción
3.2
No exhibir en lugar visible el documento de “Exhibición NIT” con la leyenda "NO EMITE FACTURA” .
200 UFV
3.3
No tener el último formulario de liquidación y pago, correspondiente al último vencimiento.
300 UFV
3.4
Obtener el certificado de no imponibilidad fuera de plazo (cuando corresponda).
50 UFV
3.5
No actualizar la información proporcionada en el Registro de Contribuyentes.
1.000 UFV
3.6
No entregar documentación e información requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas y lugares establecidos.
1.500 UFV
3.7
Entrega parcial de la información y documentación requerida por la Administración Tributaria durante la ejecución de procedimientos de fiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas, medios y lugares establecidos.
1.000 UFV
3.8
No presentar el formulario de liquidación y pago en la forma, plazos, lugares y condiciones establecidas en normas emitidas para el efecto. 
50 UFV